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rajibraj 2024-11-22

La reagrupación de la familia extensa, un avance significativo en el nuevo reglamento de extranjería de España



La reciente reforma del Reglamento de Extranjería en España, aprobada el 19 de noviembre de 2024, introduce cambios cruciales en materia de reagrupación familiar, ampliando significativamente las posibilidades para los guineanos y otros extranjeros residentes en Guinea Ecuatorial que tienen familiares en España. Una de las modificaciones más relevantes es la incorporación de la figura de la familia extensa, lo que permite a más personas beneficiarse de este derecho, en contraste con el marco legal anterior, que era más restrictivo.

Reagrupación familiar según la legislación anterior

Antes de esta reforma, la reagrupación familiar estaba limitada a los familiares directos, es decir, cónyuges, hijos menores de 18 años o mayores dependientes con discapacidad, y ascendientes en primer grado que dependieran económicamente del solicitante. Esta restricción dejaba fuera a otros familiares que, en muchas ocasiones, también desempeñaban un papel fundamental en el núcleo familiar, como sobrinos, hermanos mayores dependientes o tíos. 


La ampliación a la familia extensa con la nueva reforma

El nuevo reglamento amplía este derecho al incluir a los familiares extensos, tales como sobrinos, hermanos o incluso tíos, siempre que se pueda demostrar una dependencia económica o una relación especial de convivencia previa con el solicitante. Este avance representa un reconocimiento a las realidades familiares más amplias y complejas, especialmente en contextos culturales como el africano, donde el concepto de familia se extiende más allá de los vínculos tradicionales.

Beneficios Clave de la Reforma

  • Mayor Inclusión Familiar: Los guineanos con familiares en España podrán solicitar la reagrupación para parientes que anteriormente no estaban contemplados en la normativa.
  • Flexibilidad en los Requisitos: Aunque será necesario justificar la dependencia o convivencia, la reforma facilita la presentación de pruebas adaptadas a cada caso.
  • Unificación Familiar Real: Este cambio no solo permitirá a más personas reunirse con sus seres queridos, sino que también refuerza el derecho a la vida familiar como un principio esencial.


Contenido del Artículo 53 bis - Familia extensa

  1. Familiares elegibles:
    • Hermanos, sobrinos, tíos u otros familiares que no formen parte del núcleo directo pero que puedan demostrar una dependencia económica o convivencial con el reagrupante.
    • Se incluyen menores bajo tutela legal o en situación de especial vulnerabilidad.
  2. Requisitos específicos:
    • Dependencia económica: Acreditar que el familiar depende económicamente del reagrupante mediante transferencias periódicas o justificación de ausencia de recursos propios.
    • Convivencia previa: Probar que existía convivencia con el reagrupante en el país de origen antes de la migración.
    • Situación de vulnerabilidad: Justificar que el familiar necesita apoyo del reagrupante por razones de salud, edad u otras circunstancias excepcionales.

Comparación con la legislación anterior

Mientras que anteriormente la reagrupación se limitaba a un círculo familiar estrecho, el nuevo reglamento abre posibilidades para aquellos familiares cuya relación con el solicitante sea esencial desde una perspectiva económica o emocional. Este cambio refleja una política migratoria más inclusiva, adaptada a las necesidades reales de los inmigrantes y sus familias.

Un llamado a aprovechar esta oportunidad

Para los guineanos y otros extranjeros residentes en Guinea Ecuatorial, esta reforma ofrece una ventana única para fortalecer los lazos familiares y garantizar la estabilidad emocional y social de sus seres queridos en España. Desde Jones y Sacristán, nuestro despacho de abogados, estamos listos para asesorar a todas las personas interesadas en iniciar este proceso, asegurándonos de cumplir con los requisitos legales y facilitar cada paso del procedimiento.

No dude en contactarnos para obtener más información sobre cómo beneficiarse de esta reforma y reunir nuevamente a su familia bajo el amparo de la nueva legislación española.


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